NOTARÍA MARÍN Y RODRÍGUEZ · BARCELONA

Acta de manifestaciones para invitación de extranjeros en Barcelona

Si necesita documentar ante notario determinadas manifestaciones relacionadas con la invitación o el alojamiento de una persona extranjera, puede valorarse el otorgamiento de un acta notarial de manifestaciones. En ella, el notario identifica al compareciente y deja constancia de las declaraciones realizadas ante él.

Este documento no debe confundirse con la carta de invitación expedida por la Policía Nacional. Tampoco sustituye automáticamente los requisitos de entrada, estancia o visado: su utilidad y el contenido que deba recoger dependen del procedimiento y del organismo ante el que vaya a presentarse.

Dos documentos distintos que conviene no confundir

Cuando alguien busca información sobre «actas de invitación», es frecuente encontrar mezcladas dos realidades muy diferentes.

La carta de invitación policial es un trámite administrativo que se gestiona ante la Comisaría de Policía Nacional. La notaría no interviene en ese procedimiento ni puede tramitarlo.

El acta notarial de manifestaciones es un documento público de distinta naturaleza. En ella, el notario identifica al compareciente y deja constancia de las manifestaciones que realiza ante él. El acta acredita el hecho de que esas declaraciones se han producido, pero no convierte automáticamente en verdaderos todos los hechos manifestados ni sustituye las comprobaciones que corresponden a consulados, Policía u otras administraciones.

Conocer esta diferencia desde el principio le permitirá dirigirse al organismo o profesional adecuado según su situación concreta. El acta de manifestaciones es uno de los servicios notariales para particulares relacionados con extranjería que atiende la notaría.

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Acta de manifestaciones para invitación de extranjeros en Notaría Marín y Rodríguez, Barcelona

Carta de invitación policial y acta notarial

Trámite administrativo

Carta de invitación policial

Se gestiona ante la Comisaría de Policía Nacional.
La notaría no interviene en ese procedimiento ni puede tramitarlo.
Para sus requisitos, debe dirigirse a la Policía Nacional o a la Oficina de Extranjería competente.
Documento público

Acta notarial de manifestaciones

El notario identifica al compareciente y deja constancia de las manifestaciones realizadas ante él.
Las manifestaciones quedan recogidas en un documento público notarial.
No sustituye la carta policial ni acredita por sí sola la veracidad material de todos los hechos declarados.

¿Cuándo puede ser útil un acta notarial de manifestaciones?

Puede ser útil cuando un consulado, una administración u otro organismo admite o solicita que el anfitrión deje constancia notarial de determinadas circunstancias, por ejemplo su voluntad de alojar a una persona, la identidad del invitado, el lugar previsto de alojamiento o las fechas de estancia.

No existe un contenido universal válido para todos los consulados ni para todos los procedimientos de extranjería. Antes de preparar el acta conviene comprobar qué exige exactamente el organismo destinatario, ya que puede pedir documentación adicional o establecer un contenido específico.

En algunos procedimientos puede admitirse un acta de manifestaciones como medio de apoyo documental, mientras que en otros puede exigirse la carta de invitación policial u otra documentación. La notaría puede preparar el instrumento notarial que corresponda, pero no sustituye la decisión ni los requisitos del organismo competente.

Qué acredita el notario en un acta de manifestaciones

Cuando se otorga un acta de manifestaciones relacionada con una invitación, el notario documenta la comparecencia y las declaraciones realizadas ante él. El alcance del acta debe distinguirse del de la carta de invitación administrativa y de los requisitos propios de cada procedimiento consular o de extranjería.

La aceptación del acta y los efectos que pueda producir ante un consulado, una embajada o una administración dependen del procedimiento correspondiente. La notaría no puede garantizar su admisión ni el resultado de una solicitud de visado o entrada.
Su identidad
El notario verifica quién comparece y firma el documento, dando fe de su identidad.
La realización de las manifestaciones
El acta deja constancia de las declaraciones efectuadas por el compareciente ante notario en una fecha determinada.
El carácter público del acta
Las manifestaciones quedan recogidas en un documento público notarial. Ello no significa que el notario certifique como verdaderos todos los hechos relatados por el compareciente.

La forma de otorgamiento debe confirmarse según el acta concreta. Puede realizarse presencialmente y, cuando legalmente proceda, puede valorarse la videoconferencia notarial.

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Por qué elegir la Notaría Marín y Rodríguez

Trayectoria notarial acreditada en Barcelona

José Alberto Marín Sánchez ejerce como notario en Barcelona desde 1995; Lourdes Rodríguez Ramírez, desde 2004. Dos notarios titulares con trayectoria profesional acreditada en Barcelona.

Ubicación céntrica y de fácil acceso

La notaría se encuentra en el Carrer de la Diputació, 268, en el Eixample, junto a Passeig de Gràcia. Bien comunicada en transporte público y accesible desde distintos puntos de Barcelona.

Atención en castellano, catalán, inglés y francés

Se ofrece atención e intervención notarial en las cuatro lenguas según el tipo de actuación y las necesidades de los comparecientes. Le recomendamos consultar previamente el alcance según el acto concreto.

Revisión previa de la documentación

La documentación aportada puede revisarse antes de la cita para detectar si falta información necesaria para preparar el documento. La admisión del acta y la resolución de terceros —consulados, administraciones u otros organismos— dependen de cada procedimiento.

Asesoramiento notarial según su caso

Cada situación se revisa de forma individual antes de la firma del acta.

Asesoramiento según el supuesto
El notario le orienta sobre el alcance de la actuación notarial en su caso concreto antes de la cita de firma.
Revisión de la documentación
La documentación aportada puede revisarse antes de la cita para comprobar si falta información necesaria para preparar el acta.
Rigor y fe pública
El notario identifica al compareciente y documenta las manifestaciones realizadas, dentro del alcance propio del acta y de la modalidad de otorgamiento que corresponda.

Cómo se desarrolla el otorgamiento

El contenido, la documentación y la forma de otorgamiento dependen de la finalidad del acta y de los requisitos del organismo destinatario.

1
Finalidad del acta
Conviene indicar ante qué consulado, administración u organismo pretende presentarse el documento y cuál es la finalidad concreta de la invitación.
2
Revisión de documentación
Se revisan los datos del compareciente, del invitado y la documentación que resulte relevante para las manifestaciones que deban incorporarse al acta.
3
Preparación y otorgamiento
El notario prepara el acta atendiendo a las manifestaciones que deban documentarse. La modalidad de otorgamiento —presencial o, cuando legalmente proceda, por videoconferencia— debe confirmarse previamente.
4
Uso ante el organismo correspondiente
Una vez autorizada, el interesado podrá presentar el acta ante el organismo para el que se haya solicitado. La decisión sobre su admisión corresponde exclusivamente a dicho organismo.

Preguntas frecuentes sobre actas de manifestaciones para invitaciones

¿En qué se diferencia el acta notarial de manifestaciones de la carta de invitación policial?

Son documentos distintos y no son intercambiables con carácter general. La carta de invitación es un trámite administrativo que se solicita ante la Policía Nacional. El acta de manifestaciones, en cambio, es un documento público notarial en el que queda constancia de determinadas declaraciones realizadas por el compareciente. Debe comprobarse qué documento exige o admite el procedimiento concreto.

¿Cuánto cuesta el acta notarial de invitación?

Los honorarios notariales se rigen por el arancel notarial aprobado por el Estado y varían en función del caso concreto. No es posible indicar un importe sin conocer las circunstancias específicas. Puede llamarnos o solicitar cita para que le orientemos.

¿Existe un formulario oficial para el acta notarial?

No existe un modelo notarial único de «acta de invitación» aplicable a todos los supuestos. El contenido debe adaptarse a las manifestaciones que el compareciente desea documentar y, cuando vaya a utilizarse ante un consulado o administración, a los requisitos que dicho organismo haya establecido.

¿Debo justificar mis medios económicos ante el notario?

No existe una exigencia general idéntica para todas las actas notariales relacionadas con una invitación. El contenido y la documentación dependerán de las manifestaciones que deban recogerse y de los requisitos establecidos por el consulado u organismo ante el que vaya a presentarse el documento. Conviene comprobar previamente esos requisitos y facilitarlos a la notaría.

¿Garantiza el acta notarial que se conceda un visado o se autorice la entrada en España?

No. El acta acredita la realización de las manifestaciones recogidas en ella. La decisión sobre un visado, la entrada en España o cualquier otro procedimiento de extranjería corresponde exclusivamente al consulado o a la autoridad administrativa competente. El acta tampoco sustituye por sí sola los demás requisitos exigibles.

¿Qué documentación debo aportar para preparar el acta?

Como punto de partida será necesario identificar al compareciente y disponer de los datos suficientes de la persona invitada. Según el contenido que deba recogerse y el organismo destinatario, también puede ser conveniente aportar documentación relativa al alojamiento, las fechas previstas u otras circunstancias de la invitación. No existe una lista única válida para todos los supuestos, por lo que conviene remitir previamente a la notaría los requisitos del consulado o administración correspondiente.

¿Qué otros trámites notariales suelen necesitar las personas extranjeras?

Además del acta de manifestaciones, es habitual que quien reside fuera de España o gestiona asuntos desde el extranjero necesite otorgar un poder notarial para que otra persona actúe en su nombre, o documentos para apostillar o legalizar. Puede consultar el resto de servicios notariales de la notaría o llamarnos para orientarle sobre su caso.

¿Pueden tramitar el acta en catalán, inglés o francés?

Sí. La Notaría Marín y Rodríguez atiende y autoriza documentos en castellano, catalán, inglés y francés, según el tipo de actuación y las necesidades de los comparecientes.

¿Dónde está situada la notaría?

En Carrer de la Diputació, 268, Eixample, Barcelona (08007), junto a Passeig de Gràcia. Puede solicitar cita o llamarnos para cualquier consulta previa.

Solicite cita en la Notaría Marín y Rodríguez

Si necesita documentar determinadas manifestaciones relacionadas con la invitación o el alojamiento de una persona extranjera, puede contactarnos para revisar qué acta puede corresponder y qué documentación conviene aportar según la finalidad del documento.

Atención presencial en el Eixample de Barcelona — Carrer de la Diputació, 268, 08007 Barcelona, junto a Passeig de Gràcia.
Dos notarios titulares con trayectoria acreditada: José Alberto Marín Sánchez, notario de Barcelona desde 1995, y Lourdes Rodríguez Ramírez, notaria de Barcelona desde 2004.

Información jurídica contrastada con fuentes oficiales. Última actualización: septiembre de 2026.

Fuentes oficiales de referencia: Ministerio del Interior — carta de invitación · Consejo General del Notariado — actas notariales · BOE — Ley del Notariado.